ANTECEDENTES

Colombia, conjuntamente con Perú, inició negociaciones en junio de 2007 encaminadas a firmar un tratado de libre comercio con los países de la Asociación Europea de Libre Comercio - AELC EFTA por sus siglas en inglés: Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein.

Estos países ocupan un lugar destacado en el intercambio comercial del mundo, tanto en bienes como en servicios, y constituyen uno de los mercados más grandes en materia de inversión.
La negociación de acuerdos comerciales es una de las iniciativas del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - MCIT para desarrollar la internacionalización de la economía; iniciativa, que busca diversificar mercados, tanto de destino de nuestras exportaciones, como de abastecimiento de materias primas, insumos y bienes de capital, y permitirá mejorar la competitividad de la oferta exportable.
Para el período 2007-2009, la agenda del Gobierno incluyó principalmente la negociación de Acuerdos de Libre Comercio con Canadá, con los países de la Asociación Europea de Libre Comercio – EFTA, y con la Unión Europea. Para el caso de EFTA esta meta se cumplió en el mes de noviembre de 2008 y se espera que con ello, Colombia logree acceso preferencial para más del 80% de sus exportaciones, en un mercado ampliado conformado por 45 países y estimado en mil millones de consumidores.
Durante el desarrollo de la negociación, el Gobierno compartió información con el Congreso de la República, el sector privado y con representantes de la sociedad civil, para garantizar transparencia y participación de los colombianos en el desarrollo de la negociación y en la construcción de la estrategia de negociación. Ello permitió establecer una relación directa entre los negociadores de cada mesa y los particulares, para que las observaciones y comentarios presentados se tuvieran en cuenta para la definición de intereses, prioridades y la identificación de opciones de negociación.
En este escenario se desarrollaron reuniones previas y posteriores a cada una de las rondas, se creó el “Cuarto de al lado” para entregar información permanente y actualizada acerca de la evolución de la negociación en cada uno de los temas a los particulares, se llevaron a cabo reuniones entre el Equipo Negociador y representantes del sector productivo, se entregó información a los miembros del Congreso de la República, se divulgó información en la página web del MCIT, entre los representantes sindicales, con grupos étnicos y a las entidades territoriales.
Bajo este esquema se llevaron a cabo reuniones con las Organizaciones Indígenas Nacionales, ONIC, OPIAC, CIT y AICO, para discutir temas de interés para los indígenas, tales como medio ambiente, biodiversidad, conocimientos tradicionales y la protección de sus derechos constitucionales y legales.
También, se adelantaron reuniones con delegados de la Comisión Consultiva de Alto Nivel de las Comunidades Negras, para informarles sobre el estado de las negociaciones, con especial énfasis en propiedad intelectual y servicios, materias que se relacionan con los grupos étnico
 

ALCANCE DEL ACUERDO

La importancia de este Tratado para Colombia se puede resumir en los siguientes puntos:
Ampliación de mercados: Para el gobierno colombiano es prioritario fortalecer el acceso de nuestras exportaciones con mayor valor agregado a  mercados, como el de los países de la AELC, que se caracterizan por su alto poder adquisitivo.

Expansión y diversificación de inversiones: Es de gran interés para nuestro país potenciar la expansión y la diversificación de las inversiones de los países miembros de la AELC en Colombia.

Fortalecimiento y ampliación de lazos de integración con países de Europa: Colombia y los Estados miembros de la AELC comparten un decidido interés en fortalecer los lazos económicos, de inversión y de cooperación.  Este primer paso, permitirá que en el futuro se concreten iniciativas similares con otros países del continente europeo.  

CONTENIDO DEL ACUERDO

El Acuerdo con los Estados EFTA incluye un Acuerdo de libre comercio de aplicación multilateral con los cuatro países EFTA y tres Acuerdos complementarios bilaterales, negociados y firmados individualmente con Suiza, Noruega e Islandia. Este Tratado tiene entre sus objetivos crear un espacio comercial libre de restricciones y buscar el crecimiento y el desarrollo económico continuo e integral de los países signatarios. Del mismo modo el Acuerdo pretende estimular la protección del medio ambiente y los derechos de los trabajadores, y la superación de la pobreza. En este contexto, el Acuerdo con los Estados EFTA amplía el espectro de la integración de lo netamente económico a temas como el desarrollo sostenible y el bienestar colectivo de los ciudadanos de ambas naciones. También reconoce las diferencias en los niveles de desarrollo y el tamaño de las economías de los Estados EFTA y Colombia y la importancia de crear oportunidades para el desarrollo económico.
Así, el ALC no solamente contempla la liberalización del comercio de bienes, agrícolas e industriales, reglas de origen, procedimientos aduaneros y facilitación del comercio, sino que también incluye compromisos sobre el comercio de servicios, tránsito de personas, telecomunicaciones, comercio electrónico, normalización técnica, medidas de inversiones, política de competencia, propiedad intelectual y cooperación para el fortalecimiento el ámbito del Acuerdo puede describirse así:
Acceso de mercancías
Agrícolas
No Agrícolas
Reglas de Origen
Administración Aduanera y Facilitación de Comercio
Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
Obstáculos Técnicos al Comercio
Medidas de Defensa Comercial
Servicios e Inversión
Comercio de Servicios
Movimiento de Personas Naturales Proveedoras de Servicios 
Telecomunicaciones
Servicios Financieros
Inversión
Comercio Electrónico
Temas transversales
Propiedad Intelectual
Contratación Pública
Política de Competencia
Cooperación en materia de Fortalecimiento de Capacidades Comerciales
Solución de diferencias
Además de los 13 capítulos que conforma el Acuerdo de Libre Comercio con los estados EFTA, se incluyen también 20 anexos, un intercambio de Cartas en materia de suministro de servicios de Administración de Fondos de Pensiones y un Memorando de Entendimiento en Servicios, y lo complementan los tres Acuerdos sobre Agricultura lateral con Suiza, Noruega e Islandia.

 
  • Acceso a los mercados de bienes agrícolas:
En materia de acceso a los mercados de bienes agrícolas, el ALC con los Estados EFTA comprende dos grupos de bienes: Productos Agrícolas Básicos – PAB, y Productos Agrícolas Procesados - PAP. Esta división corresponde a la estructura arancelaria y tratamiento del ámbito agrícola que tienen los Estados EFTA con el mundo.
Los Productos Agrícolas Básicos - PAB, se incorporaron en los “Acuerdos sobre Agricultura complementarios - AAC” y reflejan diferentes concesiones, resultado de negociaciones bilaterales con cada Estado de la AELC. En materia de PAP, Colombia mantiene su Sistema de Franjas de Precios y AELC su Sistema de Compensación de Precios. En concesiones arancelarias, AELC otorgó a los productos Colombianos, un trato no menos favorable que el concedido a la Comunidad Europea el 1º de enero de 2008, principal socio comercial de EFTA en productos procesados.
En general, se eliminaron los subsidios a las exportaciones y se mantuvo el mecanismo de franjas de precios, se establecieron reglas de origen y procedimientos aduaneros y una cláusula evolutiva para posteriores profundizaciones del Acuerdo. También, se obtuvo amplia asimetría en concesiones; mientras Colombia ofreció a los Estados AELC reducciones parciales y limitadas del arancel, o contingentes en productos sensibles, Colombia logró consolidar mayoritariamente el SGP en los AAC con Noruega y Suiza.
 
  • Accedo a mercados bienes no agrícolas:
Colombia obtuvo acceso libre de arancel para todas las mercancías del ámbito industrial, mantuvo el uso de regímenes especiales de importación y exportación y zonas Francas para obtener los beneficios del Acuerdo. El ALC ofrece para las importaciones de los Estados EFTA, plazos de desgravación que no sobrepasen los 10 años y permitan al aparato productivo colombiano adecuarse a las nuevas condiciones de competencia y se permite la importación de un ámbito reducido de bienes remanufacturados. También abre la posibilidad de exportar bienes de capital y metalmecánica remanufacturados en Colombia y se mantiene la política nacional de ingreso de bienes usados, desechos, desperdicios y vehículos fríos.
 
Contratación Pública:  
El capítulo de Contratación Pública buscan promover la participación de nuestras empresas en licitaciones internacionales, por lo que se suscribieron compromisos en materia de trato nacional y sobre requisitos, tales como, experiencia nacional, condiciones compensatorias, capacidad comercial o financiera en el país, publicidad, uso de medios electrónicos, modalidades de contratación, y revisión de impugnaciones.
En el caso colombiano, los beneficios de la ley 816 de 2003, la cual da a las ofertas de bienes y servicios nacionales un puntaje adicional en la calificación de las propuestas le será extendido a las ofertas de EFTA. En la práctica significará una ventaja con respecto a otros proveedores extranjeros con los que no se tiene trato nacional en materia de contratación pública.
Política de Competencia: 
En Política de Competencia se acordaron disposiciones para desestimular  las empresas a incurrir en prácticas anticompetitivas que puedan menoscabar los beneficios del Tratado y deteriorar el acceso a los mercados. En especial se pactaron disciplinas  relacionadas con cooperación en materia de competencia, entre las que se incluyen reglas sobre notificaciones, intercambio de información, asistencia técnica y consultas.
 
Cooperación y Solución de Controversias:
 En materia del Fortalecimiento de Capacidades Comerciales, se logró vincular a EFTA y sus Estados miembros con la responsabilidad de apoyar a las instituciones públicas y privadas colombianas con asistencia técnica para la implementación del acuerdo y el aprovechamiento del mismo, por medio de la creación de un mecanismo de cooperación permanente y continuo durante la vigencia del acuerdo.
En relación con el capítulo de Solución de Controversias, se negoció el ámbito de aplicación del mecanismo, las diferentes etapas del proceso, las reglas de funcionamiento de los paneles, la manera de elegir los panelistas, el contenido del informe final del panel, el procedimiento para suspender beneficios y mecanismos de revisión de cumplimiento.
Otros Temas:
En relación con las Reglas de Origen se establecieron criterios de calificación para garantizar que sólo las mercancías originarias de EFTA (bienes transformados y procesados en los países que suscriben este acuerdo) se beneficien del tratamiento arancelario preferencial. Normas de origen favorables a Colombia fueron pactadas en los sectores químico, textil confecciones, y calzado.
En materia de Procedimientos Aduaneros y Facilitación del Comercio se acordaron disposiciones relacionadas con la implementación de procedimientos aduaneros simplificados, sistemas de administración de riesgos, sistematización de las aduanas y sus procedimientos y la expedición de resoluciones anticipadas. En Defensa Comercial se negociaron disciplinas, para la aplicación de medidas de salvaguardia bilateral y se mantienen los derechos y obligaciones de OMC para dumping y derechos compensatorios.
En materia de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias se trabajó en aras de la efectiva implementación del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC.
En Comercio Electrónico se buscó facilitar el comercio electrónico, a través de la cooperación en la promoción del comercio electrónico entre las Partes. En Servicios Financieros se buscó establecer una apertura moderada y gradual del sector a una economía competitiva del primer mundo como la de los países EFTA.
En el Capítulo de Inversión del ALC se acordaron los estándares internacionales para garantizar el establecimiento y acceso al mercado de los Estados EFTA, para las inversiones en los sectores diferentes de Servicios. En lo concerniente a Propiedad Intelectual se mantuvo el objetivo de asegurar protección adecuada y efectiva a los derechos de propiedad intelectual, manteniendo un balance entre los derechos de los titulares y los intereses del público en general, particularmente en materia de educación, investigación, salud pública y acceso a la información.