LAS 19 PREGUNTAS DEL ACUERDO DE PROMOCION COMERCIAL ENTRE COLOMBIA Y ESTADOS UNIDOS MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

  1. Los TLC son acuerdos entre países o grupos de países para disminuir las barreras de entrada de productos a sus territorios y así fomentar el comercio bilateral. Estos acuerdos abren nuevas oportunidades de mercado para los productores locales y su oferta exportable; le permiten a los consumidores acceder a más  productos, de mejor calidad y a mejores precios;  y posibilitan a los empresarios nacionales comprar bienes e insumos que usualmente se importan y que son necesarios para la fabricación de productos para el mercado nacional e incluso internacional, a precios más competitivos y con mayor calidad.

    Existen dos tipos de barreras: barreras arancelarias - impuestos a las importaciones- que pueden ser removidas por el TLC y no arancelarias -restricciones de tipo técnicas como estándares de calidad o medidas sanitarias y fitosanitarias que pueden llegar a dificultar el intercambio comercial entre los países.  Frente a estos últimos, el TLC es un escenario que facilita su cumplimiento, y permite avanzar más expeditamente para cumplimiento de los requerimientos de los mercados.

    El Acuerdo de Promoción Comercial suscrito con Estados Unidos es un acuerdo de última generación, por tanto  incluye compromisos que van más allá del intercambio de bienes y busca fomentar intercambios de servicios, así como flujos de inversión y de cooperación. Se busca que por medio de mejores condiciones para el intercambio en estos tres ámbitos, se abran nuevas oportunidades de negocio y empleo para empresarios, inversionistas y consumidores.

    Estados Unidos es la primera economía en el mundo, el principal importador de bienes y servicios colombianos y el mayor inversionista extranjero en el país. Este Acuerdo facilita el flujo de recursos físicos y humanos entre los dos países y genera nuevas oportunidades de mercado para nuestros productores. De igual forma, el Acuerdo vincula a nuestras empresas con las cadenas globales de valor. La experiencia de países como Israel, Chile, Perú y México, que han firmado acuerdos con la principal economía del mundo evidencia los potenciales beneficios de este TLC.  

  2. En los primeros tres años de vigencia del Acuerdo los sectores con mayor crecimiento han sido el automotriz, medicamentos, materiales de construcción, alimentos frescos y procesados y azúcar y sus derivados. En general, hoy gracias al Acuerdo, estos sectores cuentan con mejores condiciones de acceso, es decir menores aranceles y menos barreras no arancelarias.

  3. Con la estabilidad en las preferencias que brinda el Acuerdo, los productos que hacían parte del ATPDEA tienen mayores oportunidades de consolidar el mercado de Estados Unidos. Las nuevas oportunidades han sido para aquellos productos que no cobijaba el ATPDEA, como algunas líneas de confecciones para el hogar (cortinería, toallas, mantelería), calzado y marroquinería, y productos metalmecánicos como ventanería y herramientas. También se han presentado buenas posibilidades para cosméticos, muebles, productos agroindustriales, químicos y plásticos, y servicios.
  4. Se exportaron 434 nuevos productos, especialmente manufacturas (317), agroindustriales (62) y prendas (52). 

    Desde que entró en vigencia el Tratado se registran 1.908 nuevas empresas no mineras exportadoras, de ellas, 1.082 en Bogotá, 307 en Antioquia, 119 en el Valle del Cauca, 87 en Atlántico y 80 en Cundinamarca, la mayoría de ellas Mipymes.

  5. El Acuerdo incluye mecanismos para garantizar el acceso real de nuestra oferta exportable, al igual que diversos instrumentos de protección para los productos sensibles.

    Para nuestros productos de interés, se acordaron menores aranceles de ingreso a Estados Unidos y mecanismos para facilitar el acceso sanitario a ese país. Productos como flores, banano, hortalizas, café, tabaco, azúcar, frutas, chocolates entran sin arancel a ese país  desde la puesta en vigor del Acuerdo. Este Acuerdo por el contrario busca abrir nuevas oportunidades a los agricultores colombianos y disminuir sus costos de producción vía menores aranceles para insumos y maquinaria.

  6. Para los productos considerados sensibles durante la negociación se establecieron mecanismos de protección, tales como salvaguardias automáticas, aranceles base altos, amplios plazos de desgravación, contingentes arancelarios y plazos de gracia.

    Por ejemplo para el arroz originario de Estados Unidos, se asignó un contingente que en el primer año es 79.000 toneladas (aproximadamente 4% de la producción nacional de arroz) con un incremento del 5% anual. Las importaciones de arroz fuera del contingente deberán pagar un arancel del 80% que se desgravará proporcionalmente durante 19 años después de 6 años de gracias hasta llegar a cero. Para los cuartos traseros de pollo se definió un contingente de 27.040 toneladas para el primer año, con un incremento del 4% anual. Las importaciones de cuartos traseros  fuera del contingente deberán pagar aranceles de 164,4% para el producto fresco, refrigerado o congelado y de 70% para el producto sazonados y congelados, estos se desgravaran   proporcionalmente durante 18 años después de 5 años de gracias hasta llegar a cero.

    A continuación se presenta un resumen de lo acordado para los principales productos colombianos considerados sensibles:

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  7. Para Colombia fue muy importante consolidar las preferencias incluidas en el ATPDEA para etanol. El Acuerdo consolidó el mercado para las exportaciones de fuel-oil; así mismo, se acordó una norma de origen flexible que permite incluir materia prima de países no miembros del Acuerdo.
  8. Los aranceles que deben pagar los carros que se importen a Colombia bajarán, pero de forma gradual, y el arancel que se debe pagar depende del tipo de automotor que se importe.

    Los carros que entran al país desde Estados Unidos con cero arancel desde el 2012 son aquellos que no se fabrican en Colombia como tractores, trolebuses, vehículos de más de 16 personas, los 4x4 de más de 3.000 cc (que no son camperos), volquetas, camiones de sondeo y perforación, coches barredora y radiológicos.

    Para vehículos particulares el esquema de desgravación es a cinco años para las motos entre 500 y 800 cc, y a diez años para todos los vehículos a gasolina o diesel entre 1.500 y 3.000 cc, los camperos de 1.500 a 3.000 cc, los camiones grúa, los camiones de limpieza, motocicletas y velocípedos de 50 a 500 cc.

  9. A raíz de la entrada en vigor del Acuerdo se abrieron grandes oportunidades comerciales para el sector textil-confecciones, dado que se logró estabilidad en las preferencias de acceso al mercado americano para todos los productos de la cadena, como ropa interior femenina, confecciones para el hogar, vestidos de baño y moda en general. Anteriormente, bajo el sistema de preferencias unilaterales - ATPDEA, únicamente estaban amparados algunos productos como las camisetas, las medias y los jeans, principalmente.

    La permanencia de los beneficios arancelarios que brinda el Acuerdo y la completa cobertura del sector son hechos estratégicos que inciden positivamente en el aprovechamiento del Acuerdo. Adicionalmente, gracias al Acuerdo se puede importar maquinaria sin el pago de aranceles, lo que sin duda contribuye al proceso de modernización de la industria.

    A la fecha, los exportadores colombianos han logrado llegar con sus textiles, confecciones, diseño y moda a los principales canales de distribución, que están situados en California, Texas, Florida, Nueva York, Georgia e Illinois.

    Se logró una mejoría en la regla de origen para las exportaciones de brasieres. La nueva norma confiere preferencias inmediatas a brasieres que hayan sido cortados y cosidos en Colombia, mientras que la norma anterior bajo el ATPDEA era mucho más restrictiva.

    Adicionalmente, el Anexo 3B del Acuerdo contempla la lista de escaso abasto y su mecanismo de actualización. En la lista se encuentran aquellos tejidos, hilados y fibras que no son producidos, o que no están disponibles en cantidades comerciales de manera oportuna en Colombia ni en los Estados Unidos. Por este motivo, dichos tejidos, hilados y fibras pueden ser de terceros al incorporarse a las mercancías textiles y confecciones que se comercialicen entre ambos países gozando de las preferencias arancelarias establecidas en el Acuerdo

  10. El TLC mantiene las preferencias arancelarias de la ATPDEA para calzado y extiende a nuevos tipos de calzado un trato arancelario preferencial, que en la mayoría de los casos es cero arancel a partir de la entrada en vigor del Acuerdo.

  11. En efecto, las Mipymes son la base de nuestra economía, y la gran mayoría de ellas está en el sector de comercio y servicios. Por ese solo hecho se verán favorecidas con el Acuerdo.

    El Acuerdo representa una gran oportunidad para aquellas Mipymes que quieren que sus productos lleguen al mercado estadounidense, que es un mercado con gran poder adquisitivo y precios altos. Al no tener que pagar aranceles de entrada a Estados Unidos, las Mipymes se vuelven más competitivas y pueden posicionar sus productos en el mercado más grande del mundo.

    El Acuerdo también facilita la adquisición de bienes de capital y materias primas que no se producen en el país, al disminuir los aranceles que se deben pagar por importar este tipo de productos.

  12. ProColombia ha desarrollado un sistema de inteligencia de mercados que ofrece a los empresarios información con valor agregado y  especialización, divulgada a nivel nacional a través de diferentes medio como seminarios, publicaciones y contenidos web.

    -      Ruta exportadora: es una guía para los empresarios que se encuentran interesados en exportar. A través de cinco pasos, ProColombia presenta las fases que debe analizar, considerar y evaluar el empresario en su proceso de internacionalización; además, explica procedimientos, requisitos y presenta instrumentos de orientación para avanzar en su interés de llegar a otros mercados. (http://www.colombiatrade.com.co/herramientas/ruta-exportadora).

    -      Seminarios de Oportunidades por mercados/ sectores: en su misión de brindar a los empresarios la más completa información y oportunidades comerciales, ProColombia ha organizado una serie de seminarios de divulgación en diferentes ciudades de país, con contenidos sectoriales, de mercados y expertos de alto nivel. (http://www.procolombia.co/memorias).

    -      Información comercial especializada: ProColombia pone a disposición de los empresarios información de mercados, documentos sectoriales y análisis de tendencias orientados al aprovechamiento de oportunidades en el exterior a través de cartillas, periódicos y publicaciones que pueden encontrarse en la web (www.colombiatrade.com.co). Para conocer los detalles de las oportunidades en el mercado y la información de acceso a los Estados Unidos, está disponible en http://tlc-eeuu.procolombia.co/.

    El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo por su parte resuelve consultas relacionadas con temas comerciales, las consultas asociadas al Acuerdo de Promoción Comercial con Estados Unidos son atendidas en el correo consultasCOLEEUU@mincit.gov.co. Adicionalmente la Oficina Comercial de Colombia en Washington  D.C. tiene como función apoyar a empresarios con interés en aprovechar el Acuerdo.

  13. El Acuerdo estableció el Grupo de Trabajo sobre Servicios Profesionales (Anexo 11 B), el cual tiene como objetivo facilitar el acercamiento entre ambas Partes y sus organismos competentes para fomentar el desarrollo de estándares y criterios mutuamente aceptables para la certificación de profesionales y el otorgamiento de licencias temporales para el ejercicio de las profesiones de ingenierías y arquitectura, entre otras, para el ejercicio en los Estados de New York, New Jersey, California, Florida, Texas y District of Columbia.

    Aunque el TLC ha identificado los sectores de ingeniería y arquitectura como prioritarios, otros servicios profesionales en el área de la salud, así como servicios de ingeniería de telecomunicaciones y ambiental podrán utilizar este marco institucional en el futuro para impulsar Acuerdos de Reconocimiento Mutuo y prestar sus

    servicios en Estados Unidos de manera temporal.

    Respecto a la homologación de títulos académicos a los colombianos en Estados Unidos, en el Acuerdo se logró establecer que los dos países busquen, con sus respectivas autoridades, elaborar normas para el otorgamiento de licencias y certificados a proveedores de servicios profesionales. A través de una Carta Adjunta al Capítulo de Servicios, Estados Unidos se comprometió a revisar las medidas de nivel estatal que requieran residencia permanente o ciudadanía para los servicios profesionales de ingeniería, contabilidad, arquitectura, servicios jurídicos, enfermería, odontología, medicina general y servicios prestados por personal paramédico.

  14. Este campo es de gran proyección, pues registra una dinámica superior a la del comercio de bienes, en parte por el impulso derivado del desarrollo de Internet, los avances en tecnología de comunicaciones y la caída en los costos del transporte internacional. Una de las principales ganancias, es que no será obligatoria la necesidad de establecer “presencia local” en el territorio del otro país para la prestación de un servicio.

    Los prestadores de servicios colombianos pueden hacerlo de cuatro modos:

    1. “Suministro transfronterizo”, o el caso donde lo que se traslada es el servicio. En este caso, ni el consumidor ni el prestador se desplazan al otro territorio; un ejemplo es el envío de una consultoría, la atención de llamadas de call centers, y la telemedicina.

    2. “Consumo en el extranjero”, que se presenta cuando el consumidor se desplaza al otro país a recibir el servicio; el mejor ejemplo en este caso es el turismo.

    3. “Presencia comercial”, o cuando se desplaza es el capital como puede ser una filial de una empresa. Este se relaciona con la inversión extranjera directa y se encuentra cubierto en el Capítulo de Inversión.

    4. “Presencia de personas físicas”, a través del cual el prestador del servicio es quien se desplaza temporalmente al otro país, tal como sucede cuando se da una capacitación o se presta un servicio de reparación en el otro territorio.

    Algunos ejemplos concretos de sectores de servicios que se benefician con el Acuerdo son la consultoría, telemedicina, “call centers”, traducción en línea, servicios de procesamiento de datos, servicios de informática y otros servicios relacionados con software, telecomunicaciones, diseño, video, imágenes y grabaciones de sonido, entre otros. Las personas naturales y/o empresas que prestan estos servicios en Colombia pueden vender sus servicios sin necesidad de trasladarse o instalarse en los Estados Unidos.

  15. Desde la entrada en vigor del Acuerdo, la frecuencia de vuelos desde y hacia Estados Unidos ha aumentado. Actualmente hay 13 rutas hacia ese destino, con 111 frecuencia semanales. Así mismo, la llegada de viajeros extranjeros de nacionalidad estadounidense ha aumentado 3,6% entre mayo de 2012 y enero de 2015.

  16. Claro que sí. En el marco del Acuerdo, se amplía la competencia mediante el establecimiento de bancos y compañías de seguros a través de sucursales con capital incorporado en el país. Adicionalmente, en el sector de seguros se permite el comercio transfronterizo, con excepción de los seguros obligatorios, los relacionados con la seguridad social y los que deban tomar las entidades públicas.

    Otro aspecto destacado es la conservación de la discrecionalidad del gobierno para controlar los flujos de capitales con fines de estabilidad macroeconómica. De igual forma, se preservó la facultad de las autoridades económicas para el diseño y regulación del sistema de seguridad social.

  17. En el Acuerdo se establecen condiciones para una protección adecuada y efectiva de los derechos de propiedad intelectual. También, un adecuado balance entre, por un lado, incentivar y proteger la generación de conocimiento e investigación, y por otro, el acceso adecuado a la tecnología y al conocimiento. La negociación preservó la normatividad vigente en el país e incorpora temas de interés nacional, tales como medidas para prevenir la biopiratería, y la promoción de la innovación y el desarrollo tecnológico.

    En el campo de la propiedad intelectual relacionada con medicamentos (patentes y datos de prueba), Colombia mantuvo su estándar actual de protección, sin crear nuevos obstáculos para el acceso a medicamentos, al tiempo que preservó todos los instrumentos de flexibilidad que rigen en defensa de la salud pública. Actualmente hay empresas colombianas vendiendo medicamentos en Estados Unidos que han visto una mejoría en sus condiciones de acceso al mercado.

    Por otra parte, se incorporó el tema de la protección de la biodiversidad y los Conocimientos Tradicionales asociados a ella. Se reconocen los principios internacionales del Conocimiento Previo Informado y de la distribución equitativa de los beneficios para el uso de recursos genéticos, como lo establece nuestra legislación. Además, se consagraron mecanismos para evitar el otorgamiento de patentes indebidas que versan sobre nuestra biodiversidad, principalmente a través del intercambio de información. Las partes se comprometieron a encontrar medios para compartir información que pueda tener relevancia en la patentabilidad de las invenciones basadas en conocimientos tradicionales o recursos genéticos.

  18. Los consumidores se benefician vía precios más bajos y mayor calidad y variedad de los productos a los que tienen acceso.
  19. Aunque se han hecho muchas reformas para cumplir con los estándares internacionales de comercio, como para reducir el llamado “costo país” quedan pendientes algunas tareas relacionadas principalmente con asuntos sanitarios, aduaneros y de derechos de autor.

    El Gobierno Colombiano continúa implementando sus obligaciones en materia de facilitación al comercio, propiedad intelectual y servicios. Adicionalmente, adelanta un trabajo constante en la eliminación de barreras no arancelarias, con el fin de que los productos y servicios colombianos tengan un verdadero acceso al mercado de Estados Unidos, como es el caso de las barreras sanitarias y fitosanitarios para los productos agrícolas. 

     

    Nota: La información contenida en el documento incluye cifras hasta diciembre de 2014.